No son pocos los profesionales autónomos que, por unas u otras razones, acaban asfixiados por las deudas. Y buena parte de ellos ignora los términos de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, mejor conocida por Ley de Segunda Oportunidad. Fue publicada en el BOE del 29 de julio de 2015 y se trata, básicamente, de una norma que ofrece una salida legal a particulares y autónomos en una situación financiera insostenible provocada por la acumulación de deudas que no es posible afrontar.
Qué utilidad tiene la norma
El objetivo de la ley es permitir que las personas citadas superen circunstancias económicas críticas, satisfaciendo en lo posible a los acreedores y liberándose de cargas inasumibles que, en otro caso, les impedirían continuar normalmente con su vida y su actividad. Así que la norma tiene una marcada dimensión social, pero también busca allanar obstáculos para quienes emprenden nuevos negocios y lograr una economía más dinámica.
Son relativamente pocos los casos en que se ha empleado este mecanismo desde su entrada en vigor, pero el panorama actual augura un cambio de tendencia. A la vista de los graves efectos de la pandemia en la actividad de los profesionales autónomos, la Ley de Segunda Oportunidad adquirirá una importancia y un protagonismo mucho mayores durante los próximos meses. Por eso es esencial saber qué ventajas ofrece y qué pasos es necesario dar.
Quiénes pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Aunque en la Ley Concursal ya existían herramientas jurídicas para hacer frente a determinadas crisis, las medidas de la Ley 25/2015 están creadas específicamente para particulares y autónomos que no puedan asumir las deudas contraídas. Pero acogerse a esas medidas requiere que se cumplan ciertas condiciones:
Las deudas no deben superar los cinco millones de euros, y el deudor debe demostrar que su patrimonio resulta insuficiente para satisfacerlas y que obra de buena fe.
Para cumplir el último requisito es preciso, entre otras exigencias, intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, no haber sido condenado por determinados delitos en los diez años anteriores, no haber sido exonerado judicialmente de otras deudas en el mismo plazo, no haber rechazado una oferta de trabajo adecuada a la propia capacidad profesional en los cuatro años previos y no haber llegado a la situación de insolvencia por medio de dolo o culpa grave.
Qué debes hacer si eres autónomo
Según lo que acabamos de ver, puede no resultar sencillo determinar si tu situación permite o no que te acojas a la Ley de Segunda Oportunidad. Lo más indicado es acudir a un abogado especialista para verificar que cumples lo exigido por la norma y puedes solicitar su aplicación. El profesional también te orientará a la hora de elaborar tu relación de bienes y deudas, que resultará necesaria para presentar la solicitud correspondiente en el Registro Mercantil.
El proceso comienza con una negociación con los acreedores para llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos. En caso de no lograrse tal acuerdo, se pasará a la fase judicial solicitando el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho o BEPI. Eso significa que, una vez liquidado el patrimonio del deudor, será el juez quien decida de qué deudas queda aquel total o parcialmente libre.
Cuáles son las deudas excluidas
La exoneración o cancelación de deudas, sin embargo, tiene algunas excepciones. Así, las contraídas con Hacienda y la Seguridad Social quedarían excluidas de esa posibilidad, al igual que aquellas que se hayan generado con el procedimiento ya en marcha. Pero esta limitación, que en muchos casos comprometía la efectividad del proceso para lograr una segunda oportunidad real, se ha visto atenuada por la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto. En ella se abre la puerta a que el beneficio de exoneración sea aplicable también, en buena medida, a las deudas con las Administraciones Públicas.